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jueves, 13 de mayo de 2010

ICA ACTUALIZA REQUISITOS PARA COMERCIALIZADORES DE INSUMOS AGROPECUARIOS Y SEMILLAS

A partir de ahora los comercializadores de insumos agropecuarios y semillas deberán acogerse a la normatividad establecida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en la resolución 1167 del 25 de marzo 2010, la cual actualiza los requisitos y condiciones que se deben cumplir para la venta de estos productos.

Con la expedición de esta norma el ICA busca ejercer un control más eficiente en el comercio de insumos agropecuarios y semillas, el cual se ha visto afectado por el contrabando y la ilegalidad de estos productos, situación que pone en riesgo la sanidad agropecuaria nacional.

Para que un almacén adquiera el registro ICA, el interesado deberá presentar la solicitud ante la Gerencia Seccional de su departamento, acompañada de los documentos que señala la norma, entre los cuales se destacan el certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas o registro mercantil para personas naturales, concepto de funcionamiento sanitario expedido por el organismo de salud pública correspondiente y certificado del uso del suelo emitido por la autoridad de Planeación Municipal, entre otros.

Una vez los documentos presentados sean aprobados, funcionarios del ICA realizarán una visita técnica al establecimiento para verificar que las instalaciones cumplan con las condiciones requeridas para posteriormente proceder a expedir el registro el cual tiene con vigencia indefinida.

Dentro de las obligaciones que deben cumplir los establecimientos comerciales de insumos agropecuarios y semillas se encuentran el vender únicamente productos que tengan registro ICA, que estos no se encuentren vencidos ni adulterados y que estén empacados en envases originales autorizados por el Instituto.

Las condiciones del establecimiento deben garantizar la adecuada conservación de la calidad de los insumos y de las semillas, minimizando el riesgo de contaminación o deterioro de los mismos. En el caso los productos biológicos o vacunas, es fundamental garantizar la conservación de la cadena de frío.

Esta norma igualmente determina que los almacenes deben participar en los planes de devolución de envases de plaguicidas post-consumo, cuando sea requerido por Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.

El Gerente General del ICA, Luís Fernando Caicedo Lince, hizo un llamado a los productores para que adquieran sus insumos o semillas para siembra sólo en almacenes registrados por el ICA, ya que la compra de productos ilegales pone en riesgo la sanidad agropecuaria del país y la salud humana.

El alto funcionario señaló que los establecimientos de comercio que actualmente se encuentren registrados ante el ICA tienen un plazo de un año, es decir hasta el próximo 29 de marzo de 2011, para cumplir con los requisitos exigidos.

El Instituto trabaja actualmente en forma coordinada con otras autoridades en la implementación y ejecución de una estrategia que permita realizar un efectivo control sobre la venta de insumos y semillas en cada uno de los establecimientos del país.